Cada vez que se encara una nueva
negociación del llamado "Cupo Vasco", como ahora, se produce tradicionalmente una especie de “Unión
Sagrada” de todas las fuerzas políticas vascas para encarar con unanimidad las
negociaciones. Es maravilloso como fuerzas que no se ponen de acuerdo para casi nada hacen piña en este caso, situando fuera por un lado a Bildu, que tampoco se autoexcluye porque basa parte de su poder en esa misma legislación y a los pepito grillos de UPyD (Así se termina antes mencionando a los que quedan fuera). Esta “Unión Sagrada” se
basa en una pretendida historia o tradición (y subrayo lo de "tradición"por que suele ser opuesta a la palabra "progreso") que se pierde en los albores de los
tiempos…pero cuando se investiga apenas tiene 135 años y no es residuo de
ningún régimen anterior sino un pacto en un momento puntual para responder a
problemas objetivos y coyunturales de aquél momento, cuyos resultados,
inopinadamente, se han perpetuado en el tiempo a través de la Disposición
Adicional de la Constitución de 1978.
Han transcurrido 135 años desde
que, para arreglar el final de una guerra civil, la 2ª Guerra Carlista, durante
el régimen de la Restauración Borbónica, para tratar de solucionar problemas
fiscales de la época y en la coyuntura de la industrialización de las
provincias vascas, se establecieron los primeros Conciertos Económicos y el
Cupo. En 1937, Franco los mantuvo para Álava y Navarra y los abolió para las
provincias traidoras de Vizcaya y Guipúzcoa, remarcando, aún más, su carácter no
de pacto, sino más bien de gracia y privilegio.
Sigamos el discurso del
Catedrático de Historia contemporánea de la UPV-EHU, Luis Castells Arteche en
su libro Modernización y dinámica política en la sociedad guipuzcoana de la
Restauración, 1876-1915, Madrid, 1987…pp. 207 y ss.
“El motivo más comúnmente aludido
para explicar la puesta en vigor del Concierto es el desconocimiento de la
riqueza imponible del País Vasco que convertía en inviable a la altura de 1878
la introducción del sistema fiscal general. Asimismo se señalan otro tipo de
razonesm indicándose que resultaba más conveniente una inserción paulatina y no
brusca de estas provincias en el nuevo régimen para evitar mayores tensiones.
No cabe duda de éstos y otros factoresd que vienen explicitados en diferentes
testimonios, pero sin pretender desdeñarlos, estimamos que la solución a la que
se llega es el resultado de la combinación de elementos tales como el modelo de
Estado que se aplica en la Restauración caracterizado por su ambigüedad, la
propia debilidad de ese Estado y la presión ejercida por la burguesía vasca.”
“La caracterización
administrativa del Concierto no debe hacernos perder de vista las connotaciones
políticas que [el Concierto] llega a concitar. En tanto que categoría histórica
y merced a una adecuada instrumentalización, el Concierto reúne una serie de
componentes emotivos que desbordan el marco estricto de lo que es una técnica
jurídica. [Como han puesto de manifiesto autores como Fusi, el Problema vasco en la 2ª República…, Corcuera,
Orígenes, ideología y organización del
nacionalismo vasco, etc.], el Concierto va a tener una puesta en escena en
la que va a ser presentado como la expresión de unos derechos históricos que es
preciso defender. Bajo esta perspectiva,
se difunde, desde unos intereses determinados en muchos casos no coincidentes,
una imagen política del Concierto que cala hondamente en conjuntos importantes
de la población. De esta manera el régimen del Concierto va a facilitar a nivel
popular una cierta exaltación vasquista en cuanto a que las que son consideradas
transgresiones del Concierto se toman como conculcaciones a una legitimidad
fundamentada a lo largo de la Historia [Las cursivas son mías]
“El rasgo quizá más
característico del régimen del Concierto es la vaguedad normativa sobre las
competencias y el grado de autonomía que disfrutan las provincias vascas." p.
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¿Y ahora qué?
1º Al controlar las Diputaciones
los datos fiscales de los contribuyentes vascos y la Hacienda pública poseer
otros datos, no se llega a clarificar la riqueza real de esos territorios. Es
razonable pensar que esta “ocultación de datos” se hace en beneficio de algunos
sectores de entre estos contribuyentes. Por otra parte la administración central
del Estado tiene otros mecanismos para conocer esos datos. Sobre esta base,¿
Alguien conoce realmente el porcentaje de la riqueza vasca sobre el total
nacional para aplicar unos cupos razonablemente equilibrados?
2º) Consecuencia de este desigual
conocimiento de la realidad. Ya en 1926, para aquella época de hace 87 años, el
ministro de la monarquía Calvo Sotelo se hace eco de los cálculos de los
técnicos de la Hacienda central española de que se podían recaudar aplicando
las leyes generales mucho más del doble de los cupos concertados. En cada
negociación, ha salido a relucir estas tensiones entre los datos de la Hacienda
central y los de las haciendas “forales” Como ahora ya entonces, desde ámbitos
de las Diputaciones vascas, se ponía en duda la veracidad de esto. Más allá del
enorme fraude fiscal que existe en ambos casos.
3º) Estos hechos hicieron que ya
en el primer tercio del siglo XX, desde los Órganos de la administración
central se vieran “como una herencia de una situación de privilegio que se había
disfrutado durante el siglo XIX por la que unas provincias se aprovechan de un
instrumento de discutible fundamento jurídico para crear un sistema que se
conforma en determinados aspectos como ventajoso con respecto a las otras
provincias españolas (En aquel momento se ponía el ejemplo de la localización
en los territorios forales de importantes Compañías. La SECN, Sociedad Española
de Construcciones Navales, en Sestao, o la SECM, Sociedad Española de
Construcciones Metálicas también en Sestao y Beasain, por ejemplo), bajo
diferentes beneficios derivados de las ventajas administrativas y tributarias
de los Conciertos y cupos. O que el 42 % del capital inmobiliario español en
acciones radicaba en 1926 en aquellos territorios “forales”. (La concentración actual de la industria y de un mayor nivel de renta en los territorios de Álava, Gipúzkoa y Bizkaia, respecto a los territorios circundantes, sigue siendo más que evidente)
4º) También entonces como ahora,
se desorbitaba la importancia del Concierto, situándolo como la Clave de la
bóveda de aquella sociedad. Es cierto que este sistema favorece la aparición de
los poderes provinciales y actualmente del Gobierno Vasco, pero en la
actualidad, todos esos territorios están inmersos en unas estructuras político
sociales cada vez más amplias, en el marco del Estado Español y de la Unión
Europea y no van a poder substraerse a ellas.
5º) Es por ello que resulte cuando menos extraño que
partidos vascos constitucionalistas y europeístas, caigan en la trampa del
debate marcado por el sentimentalismo nacionalista y por obviar estas nuevas
realidades institucionales supra nacionales y supraestatales, y se cierren a cuando
menos a discutir, un debate que tarde o temprano, se va a tener que dar, por
sentido común, en la organización territorial del Estado español y de una
futura Unión política y fiscal europea. en ambos casos el factor de solidaridad interterritorial debe de ser uno de los pilares de esa integración social y territorial.
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